TIPOS DE DEPÓSITOS QUE NO VIGILA EL SAT


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SAT

El Servicio de Administración Tributaria no supervisa estas transacciones y no amerita un pago de impuestos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el encargado de garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales en México, por lo tanto supervisa las actividades financieras, particularmente las que son de grandes cantidades de dinero en cuentas bancarias.

Pero no es así siempre, existen ciertos depósitos que la autoridad fiscal no vigilará y no ameritan pago de impuestos.

¿Cuáles son los pagos que no vigila el SAT?

Depósitos a un hijo que vive lejos o viceversa.

-Pagos por venta de catálogos (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros).

Tandas o préstamos personales.

El SAT detalló mediante un comunicado que estos tipos de pagos no se supervisarán por su parte y no se les cobrará impuesto alguno.

Es importante aclarar, como se mencionó anteriormente que el SAT vigilará grandes movimientos, es decir: si depositas o recibes montos superiores a los 15 mil pesos.

Este órgano se enterará de dichos movimientos mediante los bancos, los cuales, están realizando este tipo de transacciones. Sin embargo, en los casos mencionados anteriormente, no se realizará la supervisión.

Consideraciones de depósitos

El SAT considera considera como depósitos en efectivo todos aquellos que se realizan en moneda nacional. En el caso de que sea extranjera desde alguna cuenta del sistema financiero. También como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.

Asimismo, la autoridad fiscal indicó que aquellos depósitos en favor de los contribuyentes a través de transferencias electrónicas no son considerados en efectivo. Aquí también cuentan: traspaso de cuentastítulos de créditos, así como cualquier tipo de sistema que sea pactado con alguna institución del sistema financiero.

También es importante que toda la población en el país conozca las disposiciones fiscales e información correspondiente al régimen de contribución del cual forman parte.

Mediante un comunicado oficial, el SAT mencionó que solamente las instituciones financieras podrán entregar información mensual de aquellos contribuyentes que estén bajo un proceso de alguna auditoría, fiscalización o revisión por parte de este órgano.

Por ello, en aquellas auditorias que se detectan incongruencias entre los gastos e ingresos, el SAT podrá solicitar la información correspondiente de sus depósitos a las instituciones financieras para evitar defraudaciones fiscales.

Cabe mencionar que el SAT, de acuerdo con su información publicada, realiza aproximadamente 10 mil auditorías al año, en donde revisa lo que está declarado por sus contribuyentes respecto a los depósitos bancarios recibidos, posteriormente esto es cotejado.

 

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