SIMPLIFICAN TRAMITE DE RENOVACIÓN Y TRÁMITE DE PASAPORTE POR PRIMERA VEZ
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En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó un acuerdo por el que se simplifican ciertos trámites y servicios ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), entre ellos la expedición y renovación del pasaporte, si necesitas realizar alguno de estos trámites, esta información te puede interesar.
Mejoras en expedición y renovación de pasaportes en México
De acuerdo con el DOF, las homoclaves SRE-03-002 y SRE-03-003 se fusionan para quedar como Expedición y Renovación de pasaportes a personas mayores de edad.
Requisitos para expedir el pasaporte ordinario a personas mayores de edad
- Comparecer para formular el formato de solicitud
- Comprobante de pago
- Identificación oficial de la persona solicitante
En el caso de que no pueda acreditar la nacionalidad de la persona solicitante, se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano o por oficina consular
- Certificado de nacionalidad mexicana
- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
- Carta de naturalización
- Cédula de identidad ciudadana
- Certificado de matrícula consular
Con la nueva normativa se especifica que, cuando el registro de nacimiento se haya realizado con posterioridad a los 10 años en que tuvo lugar el nacimiento, se deberá presentar un documento en términos de la normatividad vigente aplicable en la materia.
Si la persona que solicita el pasaporte tiene una discapacidad y no está en la posibilidad de manifestar su voluntad en la solicitud, la persona tutora, un pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, un pariente civil, o el o la cónyuge, según sea el caso, deberá acudir en conjunto con la persona interesada para llenar el formato que requiera la Secretaría.
En todos los casos la persona que acompañe al interesado que cuente con una discapacidad deberá acreditar plenamente su parentesco o el ejercicio de la tutela y deberá llenar la forma que la Secretaría determine.
Pasaporte ordinario para menores de edad o persona con discapacidad mayor de edad que no pueda manifestar su voluntad con presencia del tutor:
- Modalidad: Comparecencia del tutor
- Modalidad: Incomparecencia del tutor
Requisitos para expedir el pasaporte ordinario a personas menores de edad
- Formato de solicitud y de autorización
- Comparecencia de las personas que ejercen la patria potestad o tutela de la persona menor de edad e identificación oficial vigente conforme al marco legal aplicable en la materia
- Comparecencia de la persona menor de edad con identificación conforme al marco legal aplicable en la materia
- Comprobante de pago de derechos
De la misma forma, en caso de que no se pueda comprobar en la base de datos la nacionalidad del menor de edad, se deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
- Acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano o por oficina consular
- Certificado de nacionalidad mexicana
- Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento
- Carta de naturalización
- Cédula de identidad ciudadana
- Certificado de matrícula consular
Con la nueva actualización se especifica que, cuando el registro de nacimiento de la persona menor de edad haya sido realizado con posterioridad a dos años a aquel en que tuvo lugar, quien o quienes ejerzan la patria potestad o tutela deberán presentar un documento en términos de la normatividad vigente aplicable en la materia.
En el caso de que alguna o ambas personas que ejerzan patria potestad o tutela no puedan comparecer, podrán otorgar su consentimiento ante una oficina de pasaportes o consular mediante el formato que determine la Secretaría o ante notario público mediante escritura pública.