¿SI TRABAJAS POR HONORARIOS TIENES DERECHO A AGUINALDO?


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Ley Federal del Trabajo

El límite del pago del aguinaldo en México está cada vez más cerca, por lo que conforme pasan los días tanto empleados de base como por honorarios tienen dudas con respecto al cumplimiento de esta prestación.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo es una prestación que debe pagarse a los trabajadores antes del 20 de diciembre de cada año, según lo estipulado en el artículo 87, el cual también indica que el monto a cubrir debe ser, por lo menos “equivalente a quince días de salario”.

¿Si trabajas por honorarios debes recibir aguinaldo?

Aunque la LFT contempla que los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) señala que para las personas que laboran por honorarios no aplica lo estipulado en el artículo 87.

Según la Profedet, quienes se encuentran bajo esta modalidad no tienen derecho al pago de aguinaldo, aunque también hace una aclaración: “excepto que exista una subordinación”.

¿Eres trabajador de base y te negaron el aguinaldo? Esto debes hacer

En caso de que cumplas con los requisitos para recibir aguinaldo y te negaron el pago de dicha prestación, la Profedet puede orientarte.

De acuerdo con la institución, en caso de que no te hayan querido pagar el aguinaldo, debes acudir con ellos para que te den “asesoría y defensoría laboral gratuita”. Para contactarlos, ponen a disposición los teléfonos 800 717 29 42 y 800 911 78 77.

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