¿SI NO TRABAJO PUEDO TENER IMSS?


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IMSS

Si actualmente no estás trabajando y tienes la duda sobre si puedes tener IMSS,  te decimos si se puede, ya que actualmente hay muchas personas que se encuentran en esa situación de desempleo y por ende no cuentan con un seguro, por lo que están en la incertidumbre de a dónde pueden acudir con un servicio gratuito a consultar o ante una emergencia de salud.

Si eres trabajador no asalariado en la ciudad, puedes solicitar la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio para que tú y tus beneficiarios tengan las prestaciones que otorga la Ley del Seguro Social (IMSS), de acuerdo a información proporcionada por el IMSS en su sitio web oficial.

¿Dónde puedo realizar este trámite?

Para realizar este trámite de seguro existen dos vías, las cuales son las siguientes:

*En línea:

-Ingresa a la página web del IMSS.

-Selecciona los nuevos servicios digitales.

-Accede al Escritorio Virtual en la liga: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-web/portal.

-Debes tener a la mano tu e.firma o FIEL y correo electrónico personal.

-Seleccionar el recuadro de incorporación voluntaria al régimen obligatorio.

Para realizar el trámite utilizando tu CURP, ingresa en la siguiente liga: https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home, en donde es necesario tener a la mano tu correo electrónico.

*Presencial:

Acude personalmente a la Subdelegación que te corresponda de acuerdo con tu domicilio.

Entrega toda la documentación requerida para la incorporación del trabajador no asalariado del ámbito urbano.

Realiza el pago en la institución bancaria correspondiente.

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?

La documentación que necesitas para realizar el trámite en línea es la siguiente:

1. Clave Única de Registro de Población (CURP).

2. Número de Seguridad Social (NSS).

3. Correo electrónico.

4. En su caso, datos para responder cuestionario médico proporcionado por el IMSS, llenado por el solicitante y por cada familiar a asegurar, cuando aplique, original.

En la Subdelegación:

1. Clave Única de Registro de Población (CURP).

2. Número de Seguridad Social (NSS).

3. Correo electrónico.

4. En su caso, datos para responder cuestionario médico proporcionado por el IMSS, llenado por el solicitante y por cada familiar a asegurar, cuando aplique, original.

5. Identificación oficial vigente. Original y copia.

6. Comprobante de domicilio. Original y copia.

El costo anual del seguro es de $17,410.83, vigente a partir del 1° de febrero de 2024.

Los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes, artesanos y demás trabajadores no asalariados (modalidad 44), pueden realizar el pago correspondiente de forma bimestral o anual.

La contratación podrá ser individual y colectiva; para realizarla se requieren cuando menos 25 personas.

¿En qué situaciones no podrás solicitar la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social?

No podrás solicitar la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social, si presentas:

-Alguna enfermedad preexistente, tales como: tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas como: complicaciones tardías de la diabetes mellitus; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); enfermedades crónicas del hígado; insuficiencia renal crónica; valvulopatías cardíacas; insuficiencia cardíaca; secuelas de cardiopatía isquémica (arritmia, ángor o infarto del miocardio); enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria, entre otras, y

-Enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis y demencias; enfermedades congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana positivo (VIH)

-La cobertura de esta incorporación voluntaria es de 1 año, iniciando los servicios médicos del IMSS para ti como trabajador no asalariado en ámbito urbano y tus beneficiarios legales, a partir del primer día del mes siguiente al de tu ingreso al seguro social.

Cabe destacar que puedes renovar tu incorporación, dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento de la anualidad contratada que está transcurriendo.

Es importante que tengas en consideración que el IMSS te hará devolución total o parcial de los pagos realizados, por lo que es muy importante que toda la información que proporciones sea la correcta y completa, en especial si tienes alguna enfermedad como las antes señaladas.

Si eres trabajador de una industria familiar, trabajador independiente, como profesional, comerciante en pequeño, artesano o cualquier otro trabajador no asalariado, también puedes obtener los beneficios que te proporciona el IMSS.

Ahora ya sabes cuál es el vía si no estás trabajando y deseas incorporarte al IMSS para poder tener un seguro ante cualquier situación médica.

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