SE PRORROGA CARTA PORTE AL 31 DE DICIEMBRE 2022


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¡Buena noticia!

El SAT amplía el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en el uso de la factura con complemento Carta Porte.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) sigue ampliando los plazos para algunos de sus trámites; ahora, le tocó a la Carta Porte, la cual estaba prevista para el 30 de septiembre del presente año; sin embargo, se autorizó el periodo hasta el 31 de diciembre del 2022, por lo que los contribuyentes tendrán más tiempo para obtenerla. 

Al mismo tiempo, el órgano tributario explicó qué trámites pueden realizarse mediante su aplicación en el teléfono celular.*Ojo, se amplía el plazo para la no aplicación de multas y sanciones en el uso de la factura con complemento de la carta.

¿A quiénes les toca la Carta Porte?

Si te dedicas al traslado de bienes o mercancías, emite un CFDI de tipo Ingreso con complemento Carta Porte y ampara el cobro por el servicio que estás prestando, así como el traslado en territorio nacional.

Por ejemplo, si te contratan para transportar un lote de zapatos desde Guanajuato a la CDMX en un camión de carga, deberás emitir una factura electrónica de Ingreso con complemento en dicha misiva, explicó el SAT.

*Ojo, debes estar dado de alta en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes) y contar con el permiso correspondiente, otorgado por la SCT (Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes).

¿Qué es la Carta Porte?

Se trata de un pasaporte para carga transportada vía terrestre, aérea y marina, que permitirá tener información sobre mercancías legales e ilegales. Además, incluye información sobre qué se transporta, a quién pertenece, de dónde a dónde se traslada, quién lo transporta y en qué unidades viaja.

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