SAT: CRITERIOS PARA LA ENTREGA DE COMPROBANTES FISCALES


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El SAT recordó que el contribuyente que solicite una factura sólo está obligado a proporcionar verbalmente o por escrito el RFC, nombre, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará a dicho comprobante.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) expresó que condicionar la expedición de una factura o negarla son prácticas fiscales indebidas que se pueden denunciar, por lo que dio a conocer los criterios establecidos en el Código Fiscal de la Federación (CFF) en materia de entrega o puesta de los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).

También es práctica fiscal indebida que se niegue la emisión de la factura en el establecimiento o local comercial, y trasladar al cliente la obligación de generarla, incluso si el pago es en efectivo.

Es decir que la factura se debe entregar en el momento en que se realiza una compra con el archivo electrónico, y en versión impresa si el cliente lo solicita así.

No se debe pedir al contribuyente que ingrese al sitio web del establecimiento para que capture sus datos de identificación para generar el comprobante fiscal.

También se considera una práctica fiscal indebida quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o la implementación de cualquiera de las prácticas anteriores.

¿Qué hacer en caso de que te condicionen la emisión de una factura?

El SAT recordó que el contribuyente que solicite una factura sólo está obligado a proporcionar verbalmente o por escrito la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará a dicho comprobante, por ejemplo, gastos en general o adquisición de mercancías.

El órgano recaudador de impuestos destacó la importancia de la factura electrónica.

A través de esta, las personas físicas y morales comprueban ante el SAT la existencia de sus operaciones, ya que dicho documento contiene, entre otros, la descripción del bien adquirido o servicio prestado, la fecha de transacción, el costo y los impuestos correspondientes.

Para presentar una denuncia por alguna de estas prácticas, el SAT pone a disposición los siguientes medios de contacto, las 24 horas del día, los 365 días del año:

° Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx

° Quejas y Denuncias SAT: 55 8852 2222

° Internacional: 1 52 55 8852 2222

° Teléfonos Rojos ubicados en las oficinas del SAT

En el Portal del SAT, consulta el servicio de conciliación de factura: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/87088/solicitudes-por-la-no-emision-de-factura

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