¿SABES QUE HACER ANTE UNA VIGILANCIA PROFUNDA DEL SAT?


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Así debes atender una notificación de una invitación de entrevista de vigilancia profunda del fisco.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene un programa llamado “vigilancia profunda”. Se trata de un programa sirve para orientar a los contribuyentes para rectificar omisiones, diferencias e inconsistencias detectadas entre los datos manifestados en sus declaraciones y la información contenida en las bases de datos institucionales, tanto propia como de terceros.

Fundamento legal del programa de vigilancia profunda

De acuerdo con el contador público César Aguilar Aguilar, el fundamento legal del programa de vigilancia profunda está en el Código Fiscal de la Federación (CFF):

Artículo 33, fracción I, inciso a)

Las autoridades fiscales deben explicar las disposiciones fiscales, así como informar sobre las posibles consecuencias en caso de no cumplir con las mismas, utilizando en lo posible un lenguaje llano alejado de tecnicismos y en los casos en que sean de naturaleza compleja, proporcionar material impreso o digital de apoyo. Así como, ejercer las acciones en materia de civismo fiscal y cultura contributiva para fomentar valores y principios para la promoción de la formalidad y del cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Artículo 33, fracción IV, inciso c)

Las autoridades fiscales promoverán el cumplimiento en materia de presentación de declaraciones, así como las correcciones a su situación fiscal mediante el envío de comunicados para informar sobre inconsistencias detectadas o comportamientos atípicos.

Artículo 33, fracción IV, último párrafo

El envío de los documentos antes señalados, no se considerará inicio de facultades de comprobación.

Artículo 63

Los hechos que las autoridades fiscales consten en los expedientes, documentos o bases de datos que lleven o a los que tengan acceso o en su poder —así como aquellos proporcionados por otras autoridades— podrán servir para motivar las resoluciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de cualquier otra autoridad u organismo descentralizado competente en materia de contribuciones federales.

Programa de vigilancia profunda

En el marco del programa de vigilancia profunda, y a fin de incentivar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, el SAT realiza estas acciones:

 

*Notifica un oficio invitación donde solicita acudir de manera presencial a las instalaciones de la Administración Desconcentrada de Recaudación, en una fecha y hora programada, para llevar a cabo una entrevista de vigilancia profunda.

*Notifica un oficio invitación, para una entrevista de vigilancia profunda realizada por la Administración Desconcentrada de Recaudación a través de medios electrónicos, a la cual deberás ingresar en la liga o dirección electrónica señalada en el propio oficio, mediante la conexión a la sesión a través de la herramienta Microsoft Teams.

¿Qué hacer ante una invitación de vigilancia profunda?

En caso de recibir la notificación de un oficio invitación de entrevista de vigilancia profunda, el contribuyente debe realizar lo siguiente:

*Acudir a las oficinas de la Administración Desconcentrada de Recaudación o bien, en caso de una entrevista de vigilancia profunda en medios electrónicos, deberá ingresar desde su equipo de cómputo a la dirección electrónica que se remite en la invitación. En ambos casos se atenderá la cita previamente programada por la autoridad en la fecha y hora indicada.

*Durante la entrevista el personal del SAT dará a conocer las omisiones, diferencias o inconsistencias identificadas en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

*Al término de la entrevista, el contribuyente recibe orientación para realizar las correcciones o aclaraciones en su caso, ante la autoridad en un plazo de 10 días hábiles posteriores a la entrevista.

 

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