¿QUE PASA SI NO PRESENTASTE LA DECLARACIÓN ANUAL 2023 EN EL SAT?


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Aunque el 30 de abril venció el plazo para presentar la Declaración Anual 2023 ante el SAT, las personas físicas aún pueden realizar el trámite.

El pasado martes 30 de abril de este 2024 fue cuando venció el plazo para presentar en tiempo y forma la Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), las personas físicas aún pueden realizar el trámite.

Bajo este entendido, de acuerdo a las leyes fiscales en la materia, a partir del próximo 10 de mayo de este 2024 las personas físicas que no hayan presentado la Declaración Anual 2023 tendrán que pagar más por conceptos de multas y recargos al organismo tributario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Y es que, de acuerdo a datos de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), las multas económicas para este 2024 por no presentar en su debido tiempo la Declaración Anual ante el SAT son las siguientes:

 ° De  1,810 pesos a 22,400 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas.

° De 1,810 pesos a 44,790 pesos en caso de ser extemporáneo.

° De 17,190 pesos a 34,350 pesos por no presentar aviso de compensaciones.

° De 18,360 pesos a 36,740 pesos por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos, estando obligado a ello, presentarla fuera del periodo establecido. o no cumplir con los requerimientos de las autoridades tributarias.

Cabe precisar, en este sentido, que además de las multas, quienes tarden hasta después del 9 de mayo de este 2024 en presentar la Declaración deberán pagar más al Servicio de Administración Tributaria por los recargos derivados de la actualización del Índice Nacional de Precios.

Requisitos

Ahora bien, los requisitos para presentar la Declaración Anual ante el SAT son los siguientes:

* Registro Federal de Contribuyentes (RFC), que se obtiene al darse de alta en Hacienda.

* La firma electrónica o e.firma.

* La contraseña generada en el portal del SAT.

* Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) en caso de contar con saldo a favor.

* Nombre del beneficiario para poder recibir los recursos.

* Los comprobantes de pago y constancias por intereses percibidos.

* El registro de ingresos y todo documento que contenga información sobre los gastos anuales que ha tenido un negocio.

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