¿QUÉ HACER SI EL SAT NO TE DEVUELVE EL SALDO A FAVOR?


   por    comentarios

En algunos casos, no se realiza el reembolso de forma automática o se retrasa.

La Declaración Anual es una obligación fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En este mes corresponde a las personas físicas.

La temporada de declaraciones anuales ya está en marcha y, como cada año, miles de contribuyentes esperan recibir su devolución de saldo a favor por parte del SAT.

Sin embargo, en algunos casos este reembolso no se realiza de forma automática o se retrasa sin una explicación clara.

Si te encuentras en esta situación, es importante saber cuáles son tus derechos y los pasos que puedes seguir para reclamar lo que te corresponde.

Si no recibes tu devolución

De acuerdo con el SAT, cuando el saldo declarado no sea devuelto total o parcialmente, debes solventar las inconsistencias en el portal del SAT.

Para ello, necesitas tu RFC y contraseña para el acceso al portal y e.firma para que se genere automáticamente tu solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Casos en que no aplica tu devolución automática:

  • Si tu saldo a favor es superior a 150 mil pesos.
  • Si obtuviste ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
  • Si durante todo el ejercicio al que corresponde tu saldo a favor estuviste suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes.
  • Si te encuentras como no localizad en tu domicilio fiscal registrado ante el SAT, salvo que te encuentres únicamente en sueldos y salarios.
  • Si tu solicitud de devolución no corresponde al ejercicio 2024.
  • Si presentas tu declaración con Contraseña cuando estás obligado a hacerlo con e.firma.
  • Presentes solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones, previo a la obtención del resultado de la declaración que hubieres ingresado a la facilidad administrativa.
  • No elijas la opción Devolución.
  • Presentes la declaración después del 31 de julio de 2025.
  • Si tienes revocados certificados de sellos o firmas digitales, o te encuentras en la relación de contribuyentes incumplidos publicada en el Portal del SAT, o solicitas la devolución con base en comprobantes fiscales expedidos por contribuyentes que se encuentren dentro del listado de incumplidos publicado en el Portal del SAT.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

*

*

*