¿QUE GASTOS MÉDICOS SON DEDUCIBLES SEGÚN EL SAT?
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A través de un comunicado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), recuerda a las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional, que pueden deducir gastos médicos en su declaración anual.
Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso, lo que en algunos casos permite obtener una devolución.
Los gastos que se pueden deducir en la declaración anual son:
Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales.
Gastos hospitalarios.
Medicinas incluidas en facturas de hospitales.
Honorarios a enfermeras.
Análisis o estudios clínicos.
Prótesis
Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
Lentes ópticos graduados.
Primas por seguros de gastos médicos.
Estos gastos son deducibles para el contribuyente o, en su caso, para:
familiares directos
Cónyuge, concubina (o)
padres
abuelos
hijos y nietos
que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.
Los gastos deben estar respaldados por facturas emitidas por personas con título profesional y haberse pagado mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios.
También son deducibles los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50% de la capacidad normal, siempre que se cuente con el certificado o la constancia correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
¿Cómo deben presentarse los gastos médicos ante el SAT?
Asimismo, el Servicio de Administración Tributaria destacó que los gastos médicos a deducir deben estar respaldados por:
*Facturas emitidas por personas con título profesional
*Pagarse mediante cheque de nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios