NUEVA VERSIÓN DEL COMPLEMENTO CARTA PORTE
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La versión 3.0 estará en vigor a partir del 25 de noviembre de 2023 y los contribuyentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2023 para adaptarse a esta nueva versión.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó mejoras en el proceso de emisión de facturas electrónicas con complemento Carta Porte, con el objetivo de simplificar el cumplimiento de esta obligación fiscal por parte de los contribuyentes que realizan traslados de bienes o mercancías dentro del territorio nacional.
La versión 3.0 de este complemento, que promete una mayor eficiencia y facilidad de uso, estará en plena vigencia a partir del 25 de noviembre de 2023. Sin embargo, el SAT ha dispuesto un periodo de transición para permitir que los contribuyentes se familiaricen con la nueva versión.
Durante este periodo, que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023, los contribuyentes podrán seguir emitiendo sus facturas utilizando la versión 2.0, la última actualización de la cual se publicó el 24 de febrero de 2023 en el Portal del SAT.
A partir del 1 de enero de 2024, la única versión válida para la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas con complemento Carta Porte será la versión 3.0.
El SAT ha puesto a disposición de personas físicas y morales los nuevos catálogos incluidos en esta actualización. Los contribuyentes pueden consultar esta información en el siguiente enlace: http://omawww.sat.gob.mx/tramitesyservicios/Paginas/complemento_carta_porte.htm
Es importante recordar que el uso del complemento Carta Porte es obligatorio desde enero de 2022. Hasta septiembre de 2023, se han emitido un total de 602,767,439 facturas con Carta Porte a través de los Servicios gratuitos de facturación del SAT y mediante Proveedores Autorizados de Certificación (PAC).
El SAT enfatiza que la información registrada en este documento está protegida por el secreto fiscal y juega un papel fundamental en el fortalecimiento del comercio formal, la lucha contra el contrabando y la competencia desleal, al regularizar las operaciones comerciales relacionadas con los servicios de transporte.