IMPORTANCIA DEL BUZÓN TRIBUTARIO


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SAT

Permite la comunicación del SAT y los contribuyentes, quienes pueden realizar trámites, presentar promociones, depositar información o documentación, atender requerimientos y obtener respuestas a sus 
 A la vez, a través de este canal, les notifica actos administrativos y da respuesta a sus solicitudes, promociones o consultas. Lo puede utilizar cualquier persona, física o moral, que tenga la necesidad de realizar trámites y desee hacerlo con facilidad desde la comodidad de su casa u oficina. 
Para ingresar, las personas físicas lo puede hacer con contraseña y solamente en algunos trámites es necesario contar con e.firma; las personas morales deben de contar con su e.firma. Los datos e información que se depositen en el buzón tributario son confidenciales.

Trámites y servicios liberados:

El SAT da a conocer el listado de los trámites y servicios que se presentan a través del Buzón Tributario de conformidad con la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, regla 2.2.6 con el fin de que los contribuyentes conozcan los servicios y presenten sus trámites mediante este canal de comunicación electrónico.
Importante:

Respecto a los trámites publicados en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente que no se encuentren disponibles en el Buzón Tributario deberá observarse lo descrito en las reglas 1.6, quinto párrafo y 2.2.6 contenidas en el ordenamiento antes mencionado, mismas que a continuación se detallan:

1.6 (Lugar y forma para presentar documentación)
… Para efectos del Anexo 1-A, los trámites contenidos en el mismo podrán presentarse a través de los medios y en los términos que se tenían establecidos antes de la entrada en vigor de esta Resolución y cuando se trate de nuevos trámites, mediante escrito libre ante cualquier ADSC. Lo anterior hasta que el SAT dé a conocer en su portal los formatos que se deberán utilizar para tales efectos. …

2.2.6 (Información que se presentará a través del Buzón tributario)
Para los efectos de los artículos 17-K, fracción II; 18 y 18-A del CFF, el SAT dará a conocer a través de su portal la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información que presentarán los contribuyentes utilizando el apartado de “Buzón tributario”.

En caso de que los contribuyentes deseen enviar información y/o documentación adicional a los trámites de consultas, solicitudes de autorización y/o recursos de revocación presentados a través del Buzón Tributario, podrán hacerlo en la opción Trámites/Buscar promociones y adjuntar información siempre que, la promoción que deseen complementar se encuentre en cualquiera de los siguientes tres supuestos promovido, estudio o remitido y  no se haya generado un requerimiento específico por la autoridad.

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