GASTOS QUE SON DEDUCIBLES EN LA DECLARACIÓN ANUAL


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SAT

Como todo adulto independiente, una de tus obligaciones fiscales es la declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para dar cuenta de tus ingresos por salario, honorarios, actividades empresariales o arrendamiento.

También es el registro de las deducciones en los impuestos y, en su caso, que pueda existir un saldo a favor y solicitar la devolución.

Pero ¿sabes qué productos y servicios son aceptados por el SAT como deducciones personales? 

Lista completa de productos y servicios que el SAT acepta como deducciones para la declaración anual

De acuerdo con el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), hay nueve rubros que pueden ser sujetos a deducciones en los impuestos en la declaración anual, que son:

Gastos médicos

Gastos funerarios

Donaciones

Colegiaturas

Aportaciones complementarias

Primas de seguros

Transporte escolar

Créditos hipotecarios

Cuentas para el ahorro

Gastos médicos

Éstos comprenden:

Honorarios médicos

Dentista, tratamientos y consultas

Servicios de psicología y nutrición

Gastos médicos por incapacidad o discapacidad

Gastos hospitalarios

Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias)

Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis

Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación

Honorarios a enfermeras

Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de 2 mil 500 pesos), en el ejercicio, por cada una de las personas a las que se les compren lentes, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista

Gastos funerarios

Son deducibles los gastos de funerales que no excedan de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a 31 mil 693 pesos con 80 centavos.

  • Nota. Para este 2023, el SAT puso un monto de 37 mil 844 pesos con 40 centavos.

Donaciones

Son deducibles los donativos no onerosos ni remunerativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación.

El límite para deducir donativos es considerando los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior, hasta el 7% para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta el 4 % para los otorgados a la Federación.

Colegiaturas

La cantidad pagada que se podrá disminuir de colegiaturas en instituciones educativas privadas no deberá exceder por cada uno de los alumnos los límites anuales de deducción que para cada nivel educativo corresponda, conforme a los siguientes topes:

Preescolar – 14 mil 200 pesos

Primaria – 12 mil 900 pesos

Secundaria – 19 mil 900 pesos

Profesional técnico – 17 mil 100 pesos

Bachillerato o su equivalente – 24 mil 500 pesos

Aportaciones complementarias

Puedes deducir aportaciones complementarias de retiro y aportaciones voluntarias realizadas directamente a tu subcuenta, siempre que cumplan con los requisitos de permanencia.

El monto de aportaciones que podrás deducir en tu declaración es el que resulte menor entre 10% de tu ingreso anual acumulable del ejercicio o 5 UMAs anuales equivalentes a 158 mil 469 pesos.

Son deducibles las aportaciones que serán destinadas exclusivamente para ser utilizadas cuando el titular llegue a la edad de 65 años o en los casos de invalidez o incapacidad para realizar un trabajo personal remunerado de conformidad con las leyes de seguridad social.

Primas de seguros

Son deducibles los pagos de primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud públicos.

Puedes deducir los pagos realizados para ti y en su caso, tu cónyuge, concubino(a), ascendientes o descendientes en línea recta.

El monto total de deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de 5 UMAs anuales, equivalentes a 158 mil 469 pesos o del 15% del total de ingreso, lo que resulte menor.

Transporte escolar

Aplica para pago de transporte escolar cuando éste sea obligatorio o cuando para todos los alumnos se incluya dicho gasto de colegiatura.

Puedes deducir los pagos realizados para tus descendientes en línea recta.

Deberás cerciorarte que en tu comprobante, el monto que corresponda por concepto de transporte escolar esté separado de los otros gastos escolares.

Medio de pago exclusivamente por:

Cheque nominativo

Transferencia electrónica

Tarjeta de débito

Tarjeta de crédito y servicios

El monto total de deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de 5 UMAs anuales equivalentes a 158 mil 469 pesos o del 15% del total de ingreso, lo que resulte menor.

Créditos hipotecarios

Son deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a casa habitación contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, entre otras.

El crédito otorgado no deberá exceder 4 millones 954 mil 197 pesos con 75 centavos.

En caso de fideicomiso, se consideran créditos hipotecarios aquellos destinados a la adquisición, construcción, remodelación de casa habitación o pago de pasivos que se destinen exclusivamente a estos fines.

El monto total de deducciones personales (excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas) no puede exceder de 5 UMAs anuales equivalentes a 158 mil 469 pesos o del 15% del total de ingreso, lo que resulte menor.

Cuentas para el ahorro

Puedes deducir depósitos en cuentas personales y especiales para el ahorro o pagos de primas de seguros que tengan como base un plan personal relacionado con edad, jubilación o retiro.

Siempre que cumplan con los requisitos de permanencia y los realices antes de presentar la declaración anual.

El monto de estos pagos o depósitos no deben exceder en el año de 152 mil pesos.

¿Dónde consultar las deducciones personales en la declaración anual?

Para mayor información de los productos y servicios que el SAT acepta como deducciones personales, puedes consultar el siguiente link.

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