FECHA LÍMITE PARA DECLARACIÓN ANUAL
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Última oportunidad para que las donatarias calculen y declaren el impuesto correspondiente al excedente.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido un recordatorio crucial para las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre la Renta (ISR). La fecha límite para presentar su declaración anual, correspondiente a los ingresos y erogaciones del ejercicio anterior, es el próximo 15 de febrero de 2024.
Las entidades deben cumplir con esta obligación a través del Formato 21 “Declaración Anual de personas morales con fines no lucrativos”. Es esencial que la información reportada sea coherente con los registros y comprobantes fiscales que forman parte de su contabilidad, para evitar discrepancias y posibles sanciones.
Ingresos y obligaciones fiscales
El SAT ha subrayado que, si las donatarias obtuvieron ingresos no relacionados con sus fines autorizados por un monto superior al 10% de los ingresos totales recibidos durante el ejercicio, deberán calcular y declarar el impuesto correspondiente al excedente. Los ingresos exentos del ISR incluyen:
Donativos
Apoyos o estímulos proporcionados por la Federación, entidades federativas o municipios
Enajenación de bienes de su activo fijo o intangible
Cuotas de sus integrantes
Cuotas de recuperación
Intereses
Derechos patrimoniales derivados de la propiedad intelectual
Uso o goce temporal de bienes inmuebles
Rendimientos de acciones u otros títulos de crédito, colocados entre el gran público inversionista
Consecuencias del incumplimiento
La falta de presentación de la declaración anual puede resultar en la pérdida de la autorización para recibir donativos deducibles. Esta situación podría afectar significativamente la operación y financiamiento de las organizaciones, además de exponerlas a sanciones adicionales por parte de la autoridad fiscal.
Transparencia y reporte
Además, el SAT informa que, conforme a la Ley de Ingresos de la Federación, los ingresos declarados por las donatarias son reportados a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, así como al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados. Este proceso subraya la importancia de la transparencia y el cumplimiento fiscal en el sector no lucrativo.
Recursos para las donatarias
Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, el SAT pone a disposición de las donatarias una guía de llenado de la declaración anual en su portal oficial (sat.gob.mx). Esta herramienta busca orientar a las organizaciones en el proceso de declaración, asegurando que puedan cumplir con sus responsabilidades fiscales de manera eficiente y correcta.