DIFERENCIA ENTRE FACTURA GLOBAL Y NOMINATIVA CON RFC
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CFDI 4.0
Qué pasa cuando el cliente sólo pide un documento a su nombre para acreditar la propiedad de un producto pero sin su RFC.
La factura es un documento que no solamente tiene efectos fiscales, sino que que se utiliza para, entre otras cosas, demostrar la propiedad de bienes o la titularidad de servicios o derechos.
Para que las empresas no tengan que emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica por cada operación por la que no se solicitó el documento, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite que elaboren una “factura global” que contienen lo que se conoce como “operaciones con público en general”.
Existe otro tipo de comprobante en el que el cliente no proporciona una clave de Registro Federal de Contribuyentes (RFC), pero sí solicita au factura a su nombre. Esto se debe a que la factura es un documento que no solamente tiene efectos fiscales, sino que se utiliza para, entre otras cosas, demostrar la propiedad de bienes o la titularidad de servicios o derechos.
La nueva versión 4.0 del CFDI contiene cambios importantes en materia de facturación de “operaciones con público en general”. Es decir, de clientes que no solicitan su comprobante fiscal.
Diferencia entre la factura global y factura nominativa con RFC genérico
En este contexto, el artículo indica que es importante conocer las diferencias entre las operaciones en las que un cliente no solicita factura, de aquellas por las que el cliente sí solicita factura, pero no proporciona una clave de RFC.
Factura nominativa con RFC genérico
Para aquellas operaciones en las que el cliente solicita factura por la operación, pero no proporciona una clave de RFC, se tiene la regla 2.7.1.23. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022 que señala lo siguiente:
(…) cuando no se cuente con la clave en el RFC, se consignará la clave genérica en el RFC: XAXX010101000 y cuando se trate de operaciones efectuadas con residentes en el extranjero, que no se encuentren inscritos en el RFC, se señalará la clave genérica en el RFC: XEXX010101000.
En este entendido, cuando un cliente solicita su factura a su nombre, pero no proporciona clave de RFC, se expide la factura nominativa y se utiliza la clave genérica que corresponda, según se trate de un residente mexicano o de un extranjero.