¿CÓMO SE DIVIDEN LOS BIENES DE UN DIVORCIO?
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Ley del divorcio
El divorcio es la disolución del vínculo matrimonial que deja a los cónyuges con la posibilidad de volverse a casar con otra persona. El 29 de diciembre de 1914, Venustiano Carranza decretó una de las leyes más progresistas, con la que se ponía fin al matrimonio definitivo, de acuerdo con la Secretaría de Cultura.
Esta iniciativa buscaba emancipar a la mujer de la condición de esclavitud a la que se sometía con su cónyuge.
Hermila Galindo participó en la elaboración de dicha ley, quien indicó que “la Ley del Divorcio, la más alta reforma social que pudo haberse operado entre las modernas nacionalidades, complemento necesario de los preceptos proclamados por los reformadores juaristas”.
¿Cuáles son las vías para promover un divorcio en México?
De acuerdo con la Suprema Corte de la Justicia de la Nación, el divorcio se puede tramitar por vía administrativa y judicial, y se puede promover al menos un año después de la celebración del matrimonio.
La disolución del matrimonio depende de las circunstancias en que se lleve a cabo el trámite, así como quién lo haya promovido y de la carga de trabajo de los juzgados o de las Oficialías del Registro Civil, así como vacaciones o días inhábiles oficiales.
¿Cómo se distribuyen los bienes del matrimonio?
Ahora bien, la distribución de los bienes del matrimonio se realiza de acuerdo con la solicitud de divorcio que se emita.
Si éste se presentó bajo el régimen de sociedad conyugal, es decir, que la pareja decidió construir un patrimonio común en su matrimonio, deben separar los bienes, de acuerdo con lo que cada uno adquirió.
Si el matrimonio se llevó a cabo bajo un régimen mixto, cada uno deberá mantener la administración y disposición de los bienes que forman su patrimonio individual y, además, cada uno deberá participar de las ganancias obtenidas en el patrimonio del otro, de acuerdo a una categoría específica de bienes o en el valor de los mismos.
En tanto, si se trata de separación de bienes, quien se haya dedicado a cuidar a los hijos y del hogar puede reclamar la compensación de 50 por ciento del valor de los bienes que se adquirieron durante el matrimonio.
Cabe destacar que la sociedad conyugal puede modificarse o terminar durante el matrimonio, siempre que así lo acuerden los cónyuges.
Además, ninguno de los cónyuges podrá vender, rentar ni enajenar, sin conocimiento del otro, los bienes comunes o parte de ellos, excepto cuando se esté en un caso de abandono.
Las parejas pueden llegar a acuerdos durante el proceso del divorcio, con el propósito de lograr una correcta y justa distribución de los bienes.