SAT: TASAS EFECTIVAS A HOTELES Y RESTAURANTES


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Dichas tasas se obtienen de dividir el Impuesto Sobre la Renta (ISR) causado en un ejercicio fiscal entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las tasas efectivas de impuesto para grandes contribuyentes correspondientes a 40 actividades económicas de nueve sectores de la economía, entre servicios de alojamiento temporal, para los ejercicios fiscales 2020 y 2021. 

Esta es la tercera lista de tasas efectivas que publica este año el fisco e incluye también a los sectores de suministro de gas por ductos al consumidor final, industrias manufactureras, minería, servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas, correos, servicios financieros y de seguros. 

Dichas tasas se obtienen de dividir el Impuesto Sobre la Renta (ISR) causado en un ejercicio fiscal entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio.

Para aquellos contribuyentes dedicados a la generación y transmisión de energía eléctrica, las tasas efectivas para los ejercicios fiscales 2020 y 2021 serán de 7.64 por ciento y 7.09 por ciento, respectivamente. 

En el caso de hoteles con servicios integrados, la tasa para 2020 asciende a 7.20 por ciento y a 7.81 por ciento para el ejercicio fiscal 2021. 

Mientras que los restaurantes y bares con servicio de meseros tienen tasas de 4.98 por ciento y 4.79 por ciento para 2020 y 2021, respectivamente. 

A su vez, para los contribuyentes dedicados al suministro de gas por ducto al consumidor final, la tasa para el ejercicio fiscal 2020 es de 5.23 por ciento y de 6.34 por ciento para el de 2021. 

Con esta última publicación, el fisco ha fijado en lo que va de este 2023, las tasas efectivas aplicables a 120 actividades económicas de 23 sectores económicos. 

En un comunicado, el SAT informó que para dar seguimiento a esta medida de simplificación que facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes, ha contactado vía Buzón Tributario a aquellos cuya tasa efectiva se encuentra por debajo de los parámetros publicados.

Lo anterior a fin de que estos contribuyentes realicen su análisis y voluntariamente corrijan su situación fiscal mediante la presentación de declaraciones anuales complementarias. 

La autoridad fiscal invitó a los contribuyentes a consultar la tasa efectiva de impuesto correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con su propia tasa efectiva de impuesto respecto de cada ejercicio fiscal y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de la o las declaraciones anuales complementarias correspondiente, para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profunda.

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