SAT MANDA A CONTRIBUYENTES AL BURÓ DE CRÉDITO


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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede reportar a las personas físicas al Buró de Crédito para disminuir a los contribuyentes morosos; parecido a lo que pasa si debes un crédito o préstamo a un banco.

Especialistas en la materia explican que el SAT tiene la facultad de reportar al Buró de Crédito “los adeudos fiscales firmes no cobrados”.

¿En qué casos el SAT e puede reportar al Buró de Crédito?

La dependencia federal está boletinando ante el Buró de Crédito a los contribuyentes que no pagan sus adeudos fiscales firmes; es decir, con quienes el SAT ha tratado de comunicarse, por medio del Buzón Tributario, sin respuesta.

De acuerdo con lo establecido en la página de internet del SAT, se proporcionará a las sociedades de información crediticia autorizadas, entre ellas, el Buró de Crédito, la información de los contribuyentes que cuenten con adeudos fiscales firmes que no sean pagados o garantizados en los plazos correspondientes.

*La medida se incorporó al Código Fiscal de la Federación hace años y se considera un mecanismo de control por parte de las autoridades fiscales.

¿Cómo sé si tengo adeudo con el SAT?

Las dudas siguen en torno al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en diversos temas; por ello, a continuación, te diremos como saber si tienes deudas registradas ante el organismo.

*Entra al Portal del SAT.

*Ingresa tu RFC y contraseña.

*Seleccionar la opción “servicios por Internet”.

*Dar clic en “Solicitud en la carpeta” y después “Aclaraciones”.

*Dar clic en el apartado “Descripción del servicio” en el menú “Trámites”

*Elige la opción de Buró de Crédito en el tipo de trámite de tu aclaración.

*En el asunto, escribe el motivo de tu aclaración (se breve).

*En la descripción, redacta los números del adeudo a aclarar.

*Adjunta el archivo del reporte de buró y el motivo de la aclaración.

*Envía la aclaración.

*Después recibirás el folio correspondiente.

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