SAT: LÍMITE PARA PEDIR LA DEVOLUCIÓN AUTOMÁTICA
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Si aunque ya pasó el tiempo de hacerlo, todavía no has presentado tu declaración anual ante el SAT, debemos decirte que te apures, pues de tener saldo a favor, sólo podrás solicitar la devolución automática hasta el 31 de julio.
Aunque el plazo final también aplicaría si es que realizaste este trámite obligatorio desde mayo, lamentablemente sólo puedes pedir la automática al momento de concluir el trámite en la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT), por lo que si en ese momento no seleccionaste la opción de “devolución”, sólo te queda la solicitud manual.
Y es que, aunque como contribuyente, la ley te da hasta cinco años después de su presentación para solicitar la devolución de tu saldo a favor, ya no podrás hacerlo a través de esta forma, por lo que tendrás que recurrir a la manual, con el Formato Electrónico de Devoluciones (FED).
Lo que sí, sin importar cuándo lo hagas, recuerda que la cuenta bancaria a la que solicites el depósito debe estar a tu nombre, para evitar irregularidades, mientras que si tu saldo a favor excede los 10 mil pesos, deberás tenerla registrada al momento de pedir la devolución, para lo que necesitarás los 18 dígitos de la CLABE interbancaria, además de tenerla activa.
¿Cómo solicitar al SAT la devolución automática de impuestos?
Lamentablemente, como ya mencionamos antes, únicamente puedes solicitar la devolución automática al seleccionar “devolución” en la última parte de tu declaración anual, donde pregunta qué quieres hacer con tu saldo a favor y debes indicar en qué cuenta quieres el depósito.
En caso de que sí aplicaras para recibir tu dinero de forma automática, el SAT tiene hasta 40 días hábiles para realizar el depósito en la cuenta bancaria activa y a tu nombre en la que solicitaste que se aplicara tu saldo a favor.
Mientras que, si sientes que ya pasó mucho tiempo de que cumpliste con esta obligación fiscal y aún no ves aplicado el depósito, puedes consultar el avance de ésta a través del Portal SAT, en el apartado de “Devoluciones y compensaciones” de la sección “Otros trámites y servicios”.
Justo al hacer la consulta sabrás si ésta te fue rechazada o, incluso, negada, y la razón por la que el SAT lo decidió, para que puedas volver a hacer la solicitud, ahora a través del FED, arreglando los errores, pues algo común es que la CLABE de tu cuenta estuviera mal o que no se encuentre activa.
Sin embargo, si desde un principio no pediste la devolución automática, o tu saldo a favor supera los 10 mil pesos y no tenías dada de alta tu cuenta bancaria o no tenías la e.firma al hacerlo, te recordamos que todavía tienes cinco años para pedir tu dinero, al igual que puedes hacerlo con las de años anteriores.
Para ello, entra al mismo apartado de “Devoluciones y compensaciones” y, tras iniciar sesión con tu RFC y contraseña, o e.firma, selecciona la opción de “solicitar devolución”, para lo que deberás llenar el formato electrónico y esperar los 40 días hábiles a que ésta sea aplicada.