¿QUE TENGO QUE HACER SI TENGO SALDO EN CONTRA EN EL SAT?
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Durante el mes de abril las personas físicas deberán presentar su declaración anual de impuestos, se estima que tres de cada 10 obtienen saldo a cargo… ¿Cómo pagarle al SAT?
Si el tu declaración anual resulta saldo en contra, es decir, a favor del SAT, tienes las siguientes opciones para pagar:
1.- Hacerlo en una sola exhibición.
2.- Pagar en ventanilla bancaria.
3.- Pagarlo a meses sin intereses de uno a seis meses. Deberás descargar acuses de pago.
*Si estás bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no tienes la opción de pagar en parcialidades.
Si este ejercicio tuviste saldo a cargo, prepárate para que no suceda lo mismo el próximo periodo.
1.- Haz deducciones personales.
2.- Pide factura de tus gastos por honorarios médicos, colegiaturas, transporte escolar, gastos funerarios y donaciones.
La tarifa de cálculo de impuestos de personas físicas se da por niveles. Entonces cuando una persona tiene dos patrones, cada uno lo calcula con base en el salario que otorga al trabajador, pero en la declaración anual los ingresos se suman y entonces el cálculo de impuestos sube y eso hace que normalmente el resultado sea saldo a cargo.
Es muy frecuente que cuando se tiene a dos patrones se obtenga impuesto a pagar y esto se puede disminuir cuando se presentan deducciones personales, como de honorarios médicos, colegiaturas, etc.
Las deducciones personas te pueden salvar de tener saldo a cargo en tu declaración anual y te ayudan a que el resultado sea a tu favor, es decir, que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te regrese dinero.
Pero sólo si estas deducciones las realizaste durante el ejercicio fiscal, todo lo que hayas facturado durante 2022 aplica en esta declaración y lo que realices este año aplicará para la siguiente.
Si el año pasado no realizaste deducciones personales y estas obligado a presentar declaración anual, entonces probablemente tendrás saldo en contra.
Si bien, no te gustará este resultado, la buena noticia es que el SAT te da la oportunidad de pagarlo en parcialidades de hasta seis meses.
Si en la presentación de tu declaración obtuviste saldo a cargo, el SAT te emitirá un acuse de recibo de la declaración con una línea de captura. Si optas por pagar este importe en una sola exhibición, se te entregará una sola línea de captura, pero si decides pagar en parcialidades, se te emitirán las líneas de captura y montos de cada parcialidad a cubrir. Cada documento indicará el número de parcialidad y la fecha de vigencia respectiva.
Tanto el pago en un sola exhibición como en parcialidades tienen tres opciones su pago.
Pago directo desde el portal del SAT. Cuando se genere el acuse de pago, se presentarán en pantalla los íconos de los bancos autorizados para la recepción de pagos de contribuciones. Si eres usuario de la banca electrónica al seleccionar el ícono de tu banco serás direccionado a su portal y los datos del pago se trasladarán a tu sesión, evitando con ello su captura.
Pago en ventanilla bancaria. Podrás pagar tu saldo a cargo en cualquier banco presentando la la línea de captura del acuse.
Pago por Internet. Este pago se puede realizar desde tu banca electrónica desde la opción “Pago referenciado SAT”, en el periodo de vigencia de la línea de captura del acuse.
¿Cómo saber si tienes saldo a cargo?
Si tienes dudas sobre el resultado de tu declaración anual puedes hacer una revisión de cómo te podría ir dentro del simulador de declaración anual disponible en la página del SAT, al cual puedes ingresar con tu RFC y contraseña o e.firma.
Hipoteca: ¿Qué puedes deducir en tu declaración anual?
En la declaración anual sólo pueden deducirse los intereses reales pagados a lo largo del año fiscal, y para ello,es necesario solicitar a la institución crediticia una “constancia de intereses reales”. En caso de querer hacer efectivo los años anteriores se puede recurrir a presentar declaraciones complementarias.
Durante abril, las personas físicas deben presentar su declaración anual de impuestos, al igual que se pueden deducir algunos gastos relacionados a la salud o educación, es posible deducir los intereses devengados de tu crédito hipotecario.
Los créditos hipotecarios forman parte de las deducciones personales, es decir los gastos que no se encuentran relacionados con la actividad que realiza el contribuyente.
Al realizar la deducción de los intereses de un crédito hipotecario, es necesario que el préstamo sea otorgado bajo este fin, por lo que, sí se obtuvo el financiamiento a través de un préstamo personal o tarjetas, no se presta a la deducción, además el crédito no debe exceder las 750,000 unidades de inversión (UDIs), equivalente a 4.5 millones de pesos.