¿EL SAT PUEDE EMBARGAR MI PENSIÓN?
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SAT
Una duda común entre los contribuyentes jubilados.
En caso de existir adeudos fiscales el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede embargar bienes y cuentas bancarias, cuando esto sucede el contribuyente cuenta con 30 días para pagar o garantizar el adeudo. Esta situación a llevado a pensar que la institución también puede embargar la pensión de los contribuyentes jubilados; sin embargo esto es algo erróneo.
De acuerdo con el artículo 157 del Código Fiscal, la pensión de una persona física no puede ser embargada aún cuando esta tenga adeudos fiscales con el SAT.
Según lo estipulado en el artículo, algunas acciones exceptuadas de embargo, es decir que no las considera son:
*La pensión de cualquier tipo.
*El lecho cotidiano y los vestidos del deudor y de sus familiares.
*Los muebles de uso indispensable del deudor y de sus familiares, no siendo de lujo a juicio del ejecutor.
*Libros, instrumentos, útiles y mobiliario indispensable para el ejercicio de la profesión, arte y oficio a que se dedique el deudor.
*Las armas, vehículos y caballos que los militares en servicio deban usar conforme a las leyes.
Asimismo, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un criterio para proteger las pensiones hasta por montos de nueve veces el salario mínimo.
¿Qué debo hacer si tengo un adeudo fiscal?
En caso de que el SAT notifique al pensionado que se tiene un adeudo fiscal, se tendrán 45 días para abonar un pago, o bien, 15 días para aclarar la situación. También podrá solicitar pagar en plazos.
Por otra parte, es importante que como persona física se presente la declaración anual de impuestos ante el SAT, o de lo contrario pueden recibir multas o tener problemas futuros ajenos a su pensión.
Aquellos pensionados que deben llevar a cabo este trámite son quienes obtengan ingresos por más de 400 mil pesos al año, es decir, al rededor de 33 mil pesos al mes.
También aquellos jubilados que tengan ingresos por conceptos de arrendamiento, es decir, que cobren una renta por ser dueños de inmuebles. Entre otros.