¿CÓMO FUNCIONA EL EMBARGO POR BUZÓN TRIBUTARIO?


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El SAT está facultado para exigir el pago de un adeudo fiscal a todo contribuyente, una vez que hubiere transcurrido el plazo para su pago.

Como parte de la reforma fiscal, este año se publicó una adición del artículo 151 Bis al Código Fiscal de la Federación (CFF), para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede realizar embargos de diversos bienes a través del Buzón Tributario.

Roberto Colín Mosqueda, integrante de la Comisión Técnica Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), sugirió a los contribuyentes garantizar los créditos fiscales que les determine el SAT con los medios autorizados, para evitar que la autoridad proceda a realizar un embargo.

¿Cómo realiza el SAT un embargo a través del Buzón Tributario?

De acuerdo con el especialista, el fisco está facultado para exigir el pago de un adeudo fiscal a todo contribuyente, una vez que transcurra el plazo para su pago (30 días) o garantizarlo mediante la instauración del procedimiento administrativo de ejecución.

Colín Mosqueda explicó que para para ello, la autoridad fiscal requerirá el pago al deudor y, en caso de que éste no pruebe haberlo efectuado, procederá a embargar bienes suficientes para rematarlos o enajenarlos.

Cabe destacar que hasta antes de la reforma 2022, el ejecutor designado se constituía en el domicilio del contribuyente y procedía llevar a cabo la diligencia de embargo de los bienes, los cuales podrían dejarse bajo guarda y custodia de los depositarios que se hicieran necesarios.

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