EL TÉRMINO PARA INTERPONER MEDIO DE DEFENSA
“El Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Octavo Circuito y Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Quinto Circuito, dicto jurisprudencia en contradicción de tesis, en la cual las autoridades fiscales están obligadas a señalar el recurso procedente en contra de las mismas, así como el termino para interponerlo”.