NOM 0-35 para empresas con hasta 50 empleados


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“La NOM-035  ofrece las bases para mejorar el entorno laboral revisando la carga de trabajo y  prevención de violencia laboral, así como prevenir y atender los factores de riesgo psicosocial”

La norma ofrece las bases para mejorar el entorno laboral revisando la carga de trabajo y el sentido de pertenencia, también prevenir y atender los factores de riesgo psicosocial

Esta norma mexicana Nom-035- STPS-2018 entra en vigor el 23 de Octubre del 2019

 

 

Objetivos de la norma NOM-035

Identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, también tienen el objetivo de promover un entorno organizacional en las empresas o centros de trabajo.

 

¿Dónde se va a aplicar?

 

Esta norma será establecida en todos los centro de trabajo o empresas ubicadas en el territorio nacional.

Tres categorías:

  1. Empresas que cuenten hasta con 15 trabajadores
  2. Para centros de trabajo que cuenten con entre 16 y 50 trabajadores
  3. Empresas o centros de trabajo que cuentan con más de 200 trabajadores

 

 

En el presente articulo nos enfocaremos en los requisitos de la NOM-035 para el casi numero 1, (empresas que cuentan entre 15 y 50 empleados)

 

 

MON-035 Para centros de trabajo que cuenten con entre 16 y 50 trabajadores, deberán apegarse a:

 

 

La prevención de factores de riesgo psicosocial, prevención de violencia laboral, promover un entorno organizacional favorable.

5.2 Deberá identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial establecidos en el 7:1 inciso a) ver detalle de la información al final de este artículo.

 

5.4 Poner en práctica las medidas de prevención y control de factores de riesgo psicosocial. Promover practicas de entorno laboral favorable con base en capitulo 8 de esta norma que se refiere a las medidas de prevención y acciones de control de los factores de riesgo psicosocial, violencia laboral y promoción de entorno laboral favorable. ver detalle de la información del capitulo 8 al final de este articulo.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&fecha=23/10/2018)

 

5.5  Identificación de empleados que sufrieron un evento traumático en el entorno laboral, y canalizarlos para que reciban atención medica necesaria. Ver guía de referencia I al final de este articulo

 

5.6 Al existir un signo o un síntoma que denoten alteración a la salud se deberán practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas según corresponda, y el resultado de la identificación y análisis de los puntos 7.1 y 7.2 En el caso de existir quejas de violencia laboral se utilizaran los mecanismos que sugiere el numeral 8.1 b)

ver detalle de la información del punto 7.1 y 7.2 y 8.1 en este link

 

5.7 Difundir la información en el lugar de trabajo, sobre:

Las políticas de prevención de riesgo psicosocial, las medidas para combatirlas y las practicas adoptadas. Dar a conocer los mecanismos para la presentación de quejas y denuncias de actos de violencia laboral. Difundir y proporcionar resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial para los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, y de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores,

así como las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo.

 

5.8 La empresa deberá llevar los registros sobre:

  1. a)    Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y, además, tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, de las evaluaciones del entorno organizacional;
  2. b)    Las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale, y
  3. c)    Los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, a actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.

 

 

7.1 inciso a) La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberán realizarse de conformidad con lo siguiente:

  1. a)    Los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, únicamente deberán realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, incluyendo a todos los trabajadores (ver Guía de referencia II)

 

 

7.2 Es importante que la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial contemple:

a). Las condiciones peligrosas, insalubres o inseguras en el ambiente laboral

b). Las cargas de trabajo que pudieran exceder la capacidad ya sean, cognitivas, emocionales o de responsabilidad

c). Falta de control sobre el trabajo, se refiere a la posibilidad de un trabajador en la toma de decisiones que influyen en su trabajo.

d). La jornada laboral y la rotación de turnos que exceden lo impuesto por la ley, esto es sin pausas y descansos establecidos ni medidas para detectar las afectaciones a la salud delos trabajadores.

e). Interferencia en la Relación trabajo-familia, se refiere a cuando existen conflictos entre las actividades laborales y las actividades familiares

f).Liderazgo negativo o relaciones laborales negativas, estas puedes ser actitudes agresivas o impositivas, falta de claridad de las funciones en las actividades, nula retroalimentación del desempeño.

También se refiere a la imposibilidad de interactuar con los compañeros de trabajo para la solución de problemas, deficiente trabajo en equipo y apoyó social.

 

7.4 Los centros de trabajo decidirán que métodos aplicaran para la identificación y el análisis de los factores de riesgo psicosocial, siempre y cuando contemple:

  1. a) Aplicación de cuestionarios dispuestos en el numeral 7.2 y/o 7.3 y 7.5

 

7.5 Los cuestionarios a desarrollarse para la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y el entorno organizacional deberán utilizar las guías II y III de esta norma, de no ser así; deberán validarse conforme a:

  1. a) La validación es con trabajadores que se encuentran en territorio nacional

b)Por cada reactivo deberá examinarse a por lo menso 10 participantes como número mínimo.

c)Tener medidas de consistencia interna con los siguientes coeficientes

  • De confiabilidad (Alfa de Crombach) superiores a 7.0 y
  • De correlación (Pearson o Spearman) con r Mayora 0.5, y significancia menor o igual a 0.05
  1. d) Tener validez de constructo mediante análisis factorial confirmatorio cumpliendo con medidas e índices de ajuste siguientes:

1)   De ajuste absoluto con los índices:

I.-   Índice de Bondad de Ajuste, GFI (Goodness of Fit Index), mayor a 0.90;

II.-  Residuo cuadrático medio, RMSR (Root Mean Square Residual), cercana a 0 y máximo 0.08, o

III.-  Error de aproximación cuadrático medio, RMSEA (Root Mean Square Error of Approximation), menor a 0.08;

2)   De ajuste incremental o relativo con el índice de ajuste normado, NFI (Normed Fit Index), mayor a 0.90, y

3)   De parsimonia con el índice Ji cuadrada normada: X2/gl menor o igual a 5, y

  1. e) Se apliquen en población trabajadora de características semejantes a la población trabajadora en que se validó.

 

7.7 El informe de el resultado dela identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial deberán contener:

 

Los datos dela empresa verificada incluyendo: nombre, denominación o razón social; domicilio, actividad principal

Objetivo

Actividades principales que se realizan en ele centro de trabajo

El método utilizado conforme al numeral 7.4 inciso de esta norma

Los resultados obtenidos conforme al 7.4 inciso d)

Las conclusiones

Y en su caso las recomendaciones y las acciones de intervención

Los datos de la persona responsable incluyendo el nombre completo y el número de la cédula profesional.

 

 

7.8 Los trabajadores podrán consultar con toda libertad los resultados de la identificación y análisis delos factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional.

 

7.9 Los trabajos de identificación y análisis delos factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá realizarse por lo menos cada dos años.

 

7.6 Identificación y análisis de factores de riesgo psicosocial y evaluación de entorno organizacional , integrarse al diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere la NOM-030-STPS-2009 vigente.

 

7.7 El informe de el resultado dela identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial deberán contener:

 

Los datos dela empresa verificada incluyendo: nombre, denominación o razón social; domicilio, actividad principal

Objetivo

Actividades principales que se realizan en ele centro de trabajo

El método utilizado conforme al numeral 7.4 inciso de esta norma

Los resultados obtenidos conforme al 7.4 inciso d)

Las conclusiones

Y en su caso las recomendaciones y las acciones de intervención

Los datos de la persona responsable incluyendo el nombre completo y el número de la cédula profesional.

 

 

7.8 Los trabajadores podrán consultar con toda libertad los resultados de la identificación y análisis delos factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional.

 

 

7.9 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional deberá realizarse, al menos, cada dos años.

 

 

 

 

 REFERENCIAS:

 

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&fecha=23/10/2018

 

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&fecha=23/10/2018

 

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