¿Qué son las operaciones relevantes?


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“Son las operaciones que se declaran de manera trimestral por medio de la forma oficial 76 -Declaración informativa de operaciones relevantes-”

 

Son las operaciones que se declaran de manera trimestral por medio de la forma oficial 76 -Declaración informativa de operaciones relevantes

 

 

Estas operaciones financieras están descritas en el art XX y art XXI de las ley del Impuesto sobre la Renta ISR : Operaciones con Partes Relacionadas. Con fundamento en el art 31-A del Código Fiscal de la Federación. Declaración que deberá presentarse dentro de las 30 días posteriores a la celebración de las denominadas “Operaciones relevantes”.

 

 

 

Según la información de la Norma Oficial 76 la “Declaración de Informativa de de partes relevantes son:

  • Operaciones financieras establecidas en los artículos 20 y 21 de la LISR (Anexo I)

 

“I.         Cuando una operación se liquide en efectivo, se considerará como ganancia o como pérdida, según sea el caso, la diferencia entre la cantidad final que se perciba o se entregue como consecuencia de la liquidación o, en su caso, del ejercicio de los derechos u obligaciones contenidas en la operación, y las cantidades previas que, en su caso, se hayan pagado o se hayan percibido conforme a lo pactado por celebrar dicha operación o por haber adquirido posteriormente los derechos o las obligaciones contenidas en la misma, según sea el caso.”

 

  • Operaciones con partes relacionadas (Anexo II)

Cuando una operación se liquide en especie se considerará que los bienes se enajenaron o se adquirieron al precio pagado en la liquidación, mas la cantidad inicial de la operación en cuestión.

 

  • Participación en el capital y residencia fiscal (Anexo III)

Cuando los derechos u obligaciones consignadas sean enajenados antes del vencimiento de la operación, serán considerados como ganancia o pérdida, según la cantidad que se perciba por la enajenación y la cantidad inicial que se haya pagado al adquirirla.

 

  • Reorganización y reestructuras (Anexo IV)

Cuando los derechos u obligaciones que conste una operación financiera derivada no se ejerciten a su vencimiento o plazo de vigencia, será considerada como una ganancia o pérdida, dependiendo de la diferencia dl monto que se haya percibido o pagado.

 

  • Otras operaciones relevantes (Anexo V)

Si lo que se adquiere es el derecho o en su caso la obligación de una operación financiera derivada cuyo monto perdido o ganado se determina en este articulo.

 

 

 

Quién debe presentar la declaración de operaciones relevantes

 

Esta deberán presentarla tano las personas físicas como las personas morales, la condición esencial es manifestar las operaciones celebradas en el trimestre, anterior.

 

Cuando se presenta:

Se presentan de manera trimestral dentro de los siguientes sesenta días del trimestre que ha concluido.

 

Por lo que la fechas para presentarlo es el último días del mes, por ejemplo lo concerniente al trimestre de octubre, noviembre y diciembre 2019. Se presentara el último día de Febrero 2020

 

 

TABLA

Declaración del mes:Fecha límite en que se deberá presentar:
Enero, febrero y marzoÚltimo día del mes de mayo de 2019
Abril, mayo y junioÚltimo día del mes de agosto de 2019
Julio, agosto y septiembreÚltimo día del mes de noviembre de 2019
Octubre, noviembre y diciembreÚltimo día del mes de febrero de 2020

 

 

 

Se presenta por medio del aplicativo que se encuentra en la pagina del SAT

Para lo cual requieres contar con la contraseña y la e.firma vigentes.

Al término de l proceso obtienes un acuse de recibo de la declaración.

 

Si no te encuentras dentro de los contribuyentes que forman parte del sistema financiero establecido en el art 7 tercer párrafo de la LISR. No tendrás que declarar si el monto acumulado durante el ejercicio 2019 fue menor a 60 millones de pesos.

 

Fundamento Legal

Código Fiscal de la Federación para 2020

 

Obligación de presentar tu declaración

 

  • CFFArtículos 31-A párrafo I, incisos a), b), c), d) y e)

 

  • “Las siguientes operaciones: a) Las operaciones financieras a que se refieren los artículos 20 y 21 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. b) Las operaciones con partes relacionadas. c) Las relativas a la participación en el capital de sociedades y a cambios en la residencia fiscal. d) Las relativas a reorganizaciones y reestructuras corporativas. e) Las que tienen relación a enajenaciones y aportaciones, de bienes y activos financieros; operaciones con países con sistema de tributación territorial; operaciones de financiamiento y sus intereses; pérdidas fiscales; reembolsos de capital y pago de dividendos.”

 

Artículos 31 Parrafo II

“La información a que se refiere este artículo deberá presentarse trimestralmente a través de los medios y formatos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, dentro de los sesenta días siguientes a aquél en que concluya el trimestre de que se trate.”

 

 

  • Código Fiscal de la Federación para 2020 Articulo 32 

“Las declaraciones que presenten los contribuyentes serán definitivas y sólo se podrán modificar por el propio contribuyente hasta en tres ocasiones, siempre que no se haya iniciado el ejercicio de las facultades de comprobación.”

 

 

Medio de presentación

 

  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2020: Regla 2.8.1.15.

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