Estímulo sobre colegiaturas 2019


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“El estimulo sobre colegiaturas aplica si  pagas colegiatura por tus hijos, te informamos sobre la aplicación de los estímulos en colegiaturas para el pago de impuestos 2019 ”

¿Tienes hijos estudiantes?, te informamos sobre la aplicación de los estímulos en colegiaturas 2019

 

¿Hasta que grado escolar puedo aplicar el estímulo sobre colegiaturas ?

Los niveles que puedes aprovechar para aplicar este estimulo fiscal son:

  • Preescolar
  • Primaria
  • Secundaria
  • Y medio superior (Preparatoria)

 

El estímulo es aplicable para los gastos de colegiaturas que cubren los programas de ley; no se aplican para cuotas de inscripción o reinscripción todos los niños inscritos en estos grados, sin importar el número de alumnos por familia.

 

La Institución educativa será la responsable de emitir los comprobantes fiscales por las colegiaturas pagadas. Estas facturas electrónicas deberán contener los archivos .XML aprobados y validados por el SAT; los mismos deberán corresponder al año en curso para que los utilices al deducir el pago de colegiaturas para la deducción en el pago de impuestos.

 

Estos montos para la deducción son de carácter de “Estímulo fiscal” al no corresponder a una deducción personal.

 

Los datos de que deberán contener el CFDI son:

  • El nombre del alumno
  • CURP
  • El grado del alumno
  • RFC del padre o tutor que realiza el pago de colegiatura
  • El monto total del pago de la colegiatura
  • La institución deberá contar con la autorización o el reconocimiento de validez oficial de estudios conforme a los términos dela Ley General de Educación
  • El pago de las colegiaturas no podrá pagarse en efectivo, deberá realizarse por tarjeta de crédito o debito, cheque nominativo o trasferencia.

 

 

 

Este estímulo no deberá exceder los siguientes montos:

  • Preescolar $14,200
  • Primaria $12,900
  • Secundaria $19,900
  • Profesional técnico $17,100
  • Bachillerato o su Equivalente $24,500

 

 

SAT: Las colegiaturas como el pago de otros servicios son deducibles en la declaración anual de personas físicas .

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