10 A UN 20 % LA DEPRECIACIÓN DE INMUEBLES
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“La Comisión de Hacienda y Crédito Público en el Congreso de Unión, realizó una iniciativa de reforma en la Ley del Impuesto Sobre la Renta y depreciación de inmuebles”.
Dentro del Congreso de la Unión se encuentra en estudio una reforma propuesta por la Comisión de Hacienda y Crédito Público, la que modificara la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), con el fin de que la depreciación que se realiza por la adquisición, ósea la compra de bienes inmuebles sea en menor tiempo, ya que en la actualidad la recuperación de dicha inversión se realiza a lo largo de 20 años y con la reforma se verá reflejada en 10 años, un reducción de un tiempo del 50%, por otro lado mucho mejor aún, en el caso de los inmuebles que se vayan a destinar para la construcción de casa habitación, esta podrá hacerse en 4 años, beneficiando de esta manera a los contribuyentes.
Dicha reforma se realizaría modificando la en la fracción I del artículo 34 de la LISR, la misma quedaría de la siguiente forma:
Artículo 34. Los por cientos máximos autorizados, tratándose de activos fijos por tipo de bien son los siguientes:
- Tratándose de construcciones:
- a) 20%para inmuebles declarados como monumentos arqueológicos, artísticos, históricos o patrimoniales, conforme a la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que cuenten con el certificado de restauración expedido por el Instituto Nacional de Antropología e Historia o el Instituto Nacional de Bellas Artes.
- b) 25% para inmuebles que hayan de destinarse a la construcción de casa habitación.
- c) 10% en los demás casos.
De lo anterior podemos observar que en el inciso a) del 10% que concede la LISR, de ser aprobada dicha reforma quedaría del 20%, por otro lado en el inciso b) modificado completamente los inmuebles que se destinen a la construcción de casa habitación en un 25%, y para finalizar se agregó un inciso más en el que se integrara todos los demás bienes inmuebles con un 10%, siendo porcentajes más altos que los anteriores y mejorando las oportunidades a los contribuyentes.
Tal reforma busca el equilibrio para que no se afecte negativamente ni al contribuyente, ni mucho menos la recaudación, proponiendo un tiempo en el cual los comerciantes pueda recuperar el costo de los inmuebles adquiridos en menos tiempo por medio de la depreciación de inmuebles y que el erario publico siga teniendo las contribuciones correspondientes por ese concepto.
Ya que dada la economía en el país se ha visto afectados muchos de los sectores económicos, entre ellos podemos encontrar a la industria constructora ya que al contar con este beneficio para las personas tanto físicas como morales podrán realizar la adquisición de inmuebles para sus actividades, y por lo tanto el aumento en generación de empleos, reactivando nuevamente este sector.
Por lo que si adquieres bienes inmuebles para deducir, los porcentajes de depreciación otorgados por la ley actualmente o si se llega aprobar la reforma los nuevos, te invitamos hacer uso de Miskuentas.com, un sistema electrónico contable, que al momento de la adquisición de bienes inmuebles el sistema te aplica en automático la depreciación correspondiente sin necesidad de cálculos extras.
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