REFORMA LEY DEL INFONAVIT, BENEFICIO O PERJUICIO
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“El 26 de abril de este año, Enrique Peña Nieto Promulgo una Reforma a la ley del INFONAVIT, la cual beneficiaria al sector trabajador, señalo el mandatario”.
El pasado 27 de abril pasado, se publico en el Diario Oficial de la Federación ((DOF), una reforma a la Ley del INFONAVIT (Instituto del Fondo para la Vivienda de los Trabajadores), en la que se modificaron tres artículos de la misma. Dicha reforma tiene como objetivo la disminución de los montos de los créditos de vivienda, los cuales antes de esta eran calculados en base a veces salario mínimos, y ahora su base de cálculo será la Unidad de Medida y Actualización (UMA)..
La UMA se inició a aplicar el 28 de enero de este año, Por medio de una reforma que se realizó a la Constitución Federal en su artículo 26, con el objetivo principal de desvincular el salario mínimo como unidad de medida general y de aplicación en nuestro país. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI ), será el responsable de la actualización de la UMA, el cual se basara en las reglas que establezca el Congreso de la Unión, mismas que aun no han sido publicadas, teniendo como fecha límite en mayo del corriente, por lo que para este 2016 se aplicara el monto de 73.04 pesos.
Retomando de nuevo la reforma a la Ley del INFONAVIT, dentro de los beneficios de esta en específico en el artículo 39, el aumento de la tasa de interés ya no será superior al aumento del salario mínimo como anteriormente se venía haciendo, si no que se sujetara a lo que el Consejo de Administración del Instituto determine, el cual no podrá ser mayor del 4% anual de los saldos insolutos. Manejando en dicho artículo diversas hipótesis, la primera de ellas es que en caso de los créditos hipotecarios denominados en salarios mínimos, será la tasa que se maneje en el incremento del salario mínimo, pero la misma no debe exceder el incremento porcentual de la UMA, en dicho periodo. La segunda hace referencia a los créditos en Pesos, en donde la tasa de interés será la nominal anual, promediada de manera aritmética, y los incrementos serán en base al Índice nacional de precios al consumidor.
Por otra parte con relación a las modificaciones hechas al artículo 44, los créditos otorgados en veces salarios mínimos, cuando dichos salarios aumenten por encima de la UMA, el Instituto no podrá actualizar el saldo en moneda nacional de este tipo de créditos a una tasa que supere el crecimiento porcentual de dicha unidad de actualización durante el mismo año.
En cuanto al artículo 55, habla de las sanciones a los patrones en caso de que estos comentan infracciones a la Ley del Instituto en perjuicio de los trabajadores, no tiene mucha relevancia ya que solo se modificó de veces salarios mínimos a UMA.
Después de saber en qué va en caminada la reforma, hay que analizar de fondo las modificaciones antes señaladas ya que a pesar de la desindexación del salario mínimo en la aplicación como base de muchos movimientos en nuestro país, no es suficiente ya que el incremento de la UMA será la inflación que equivale a la misma, sin que se resuelva el incremento del crédito hipotecario.
Por otra parte y según el artículo 39 ya mencionado, el rendimiento de la UMA debe ser mayor que el salario minino, al ser esta la unidad de medida, tiene poco rendimiento comparado con el nivel de inflación que sufren los inmuebles anualmente, por lo que será casi imposible que los trabajadores adquieran una vivienda, porque el aumento del crédito seguirá de manera constante y alta, como se venía dando con el salario mínimo.
La mejor reforma que el gobierno federal podría realizar para la adquisición de una vivienda por parte de los trabajadores, es que la base para créditos Hipotecarios sea el peso y a la vez tenga una tasa fija de intereses. Pero ya que no ha sido posible dicho supuesto los expertos en vivienda hacen la recomendación de que los trabajadores adquieran su crédito COFINAVIT (donde la deuda se reparte entre el INFONAVIT y el banco), la mayor aportación del crédito la lleva el banco, el crédito de INFONAVIT es menor, aumenta tu capacidad de compra, puedes sacar tu saldo de la subcuenta con mayor rendimiento y las aportaciones patronales (una vez que acabes de pagarle al INFONAVIT) se irán al pago del crédito bancario.
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